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Protocolo Jerarquías y Responsabilidades en una Casa Nobiliaria

De Wiki de Tormenta de Acero y Sangre

1. La Cúspide del Poder

En el caso del Señor y la Señora de la casa las responsabilidades son generales, según la situación de cada casa pueden variar responsabilidades entre ellos, tener todas en conjunto, o uno hacerse cargo de tod

Señor de la Casa

Tratamiento: “Mi Señor” o “Lord [Apellido]”.

Responsabilidades:

- Máxima autoridad en justicia, guerra, diplomacia y economía.

- Preside consejos, audiencias y actos religiosos en su fortaleza.

- Decide alianzas, matrimonios, castigos y recompensas.

- Puede dictar muerte, exilio o perdón.

Señora de la Casa

Tratamiento: “Mi Señora” o “Lady [Apellido]”.

Responsabilidades:

- Manejo del protocolo, festividades, personal interno y alianzas matrimoniales.

- Relaciones sociales con otras casas.

- Supervisión y control de la educación de los hijos.

- Actúa como regente en ausencia del Señor.

Heredero/a de la Casa

Tratamiento: “Joven Lord/Lady [Nombre]”

Responsabilidades:

- Participa como escucha en consejos y reuniones como aprendizaje si es autorizado.

- Toma decisiones menores o derecho a voto en reuniones o consejo como aprendizaje si es autorizado.

- Supervisa tierras secundarias o una guarnición como ejercicio de liderazgo.

- Actúa como regente en ausencia del Señor, la Señora y el Castellano.

2. El Núcleo Familiar

Hijos e hijas menores

Tratamiento: “Por el nombre a los hombres y “Lady [nombre]”

Responsabilidades:

- Se les educa en esgrima, política, letras y etiqueta.

- Pueden servir como escuderos, damas de compañía o enviados diplomáticos.

- Son instrumentos de alianzas por matrimonio o adopción.

Parientes lejanos o hermanos del Señor/a

Tratamiento: “Lady [Nombre]”, Si son caballeros “Ser [Nombre]” o nombre a secas para los hombres de no tener rango.

Responsabilidades:

- A menudo gestionan tierras menores de la casa.

- Sirven como comandantes, castellanos o embajadores según talento y confianza.

Viudas

Tratamiento: “Lady [Nombre]” o “Lady [Apellido]” en el caso de Señoras Regentes de la Casa.

Ley de las Viudas: Esta ley buscaba proteger los derechos de las viudas después de la muerte de sus maridos, asegurando que sus herederos mantuvieran a las viudas en las mismas condiciones de vida que disfrutaban antes del fallecimiento.

Acciones:

- En el caso de no existir herederos o éstos ser demasiado jóvenes, la viuda podrá quedarse como Señora Regente temporalmente y se hará cargo de la gestión de la Casa.

- La viuda conserva su apellido por matrimonio, pero puede recuperar el anterior si los Lords de ambas Casas están de acuerdo.

- La Casa a la que pertenezca determinará quién tiene las responsabilidades sobre la viuda.

3. Nobleza Menor al Servicio del Señor

Castellano/a

Tratamiento: Se le trata por el nombre o título de tenerlo.

Responsabilidades:

- Administración cotidiana de la fortaleza.

- Control de provisiones, sirvientes, reparaciones y seguridad interna.

- Representa al señor en su ausencia dentro de la fortaleza si no hay consorte.

Maestre (formado en la Ciudadela)

Tratamiento: “Maestre [Nombre]”.

Responsabilidades:

- Médico, escriba, consejero y educador.

- Mantiene los registros, cuida la correspondencia y enseña a los niños nobles.

- Neutral por juramento, no toma partido en disputas políticas.

Caballeros

Tratamiento: “Ser [Nombre]”.

Responsabilidades:

- Guardia personal, campeones o líderes militares.

- Algunos ocupan posiciones específicas (Maestre de armas, Guardián de la Puerta, etc.).

- Lealtad directa al señor, sin derecho a mando político.

Damas de compañía / Amas

Tratamiento: “Lady [Nombre]” de ser noble o simplemente por su nombre.

Responsabilidades:

- Acompañan y atienden a las mujeres nobles.

- Participan en la vida cortesana, transmiten rumores y velan por la presentación social.

- Algunas pueden tener influencia sobre el señor/a si son de confianza.

Senescal / Intendente

Tratamiento: “Maese” o “Intendente [Nombre]”.

Responsabilidades:

- Control del oro, impuestos, contabilidad y rentas.

- Encargado de pagos a soldados, mantenimiento de armerías y supervisión de talleres.

4. Consejo del Señor (opcional, según casa)

Suele componerse por los siguientes miembros:

- Consorte (de solicitarlo en Señor/a)

- Castellano

- Maestre

- Heredero/a (de solicitarlo en Señor/a)

- Capitán de la Guardia

- Senescal

- Sacerdote de la Fe (si lo hay)

- Invitados de ocasión (aliados, emisarios, vasallos)

Funciones:

- De liberar sobre guerra, defensa, juicios, comercio, política interna.

- El señor toma la decisión final, pero escucha a su consejo por tradición o estrategia.

- En ausencia del Señor/a las decisiones se tomarán por votación.

5. Otros Rangos Nobiliarios Vinculados (según contexto)

Vasallos Menores

- Dirigen castillos o aldeas bajo la bandera de la casa principal.

- Pueden asistir a consejos, aportar tropas y cobrar rentas en nombre del señor.

Escuderos de linaje noble

Jóvenes nobles que sirven a un caballero o miembro de alto rango.

Entrenamiento militar y de cortesía.

Algunas casas distinguen a los escuderos propios con capas, colores o broches.

6. Normas Generales de Conducta

Ningún plebeyo habla sin ser interpelado en presencia del señor.

Está prohibido mentir ante el blasón de la casa.

Los portones del castillo se cierran al caer el sol. Nadie entra ni sale sin permiso.

Las armas deben entregarse al entrar en el salón noble, salvo para la guardia.

La blasfemia o el insulto a la casa se castigan con el destierro o mutilación.

La traición, aunque sea solo una palabra o idea, se considera crimen de sangre.

Los juramentos hechos ante el fuego o el blasón no pueden romperse.

7. Justicia y Castigos

Juez principal: el Señor o quien delegue.

Juicio por combate: permitido si ambas partes son nobles o se acepta el riesgo.

Juicio por los Siete: solo si hay septón autorizado.

Castigos típicos:

Robo leve: Azotes, deshonra pública.

Robo a noble o templo: Mutilación, encierro.

Mentir al Señor/a: Castigo corporal, destitucion.

Agresion: Trabajo forzado, celda, destierro o ejecución (según gravedad de la agresión)

Traición: Ejecución, destierro o exilio al muro.

Quebrantar un juramento: Marca con hierro, destierro o exilio al muro.

8. Normas Nobiliarias

El nombre de la casa no puede ser mancillado públicamente. Cualquier miembro debe actuar con honor.

Los bastardos no tienen voz en el consejo, a menos que hayan sido legitimados por el rey o el Señor.

El derecho de lecho y matrimonio lo dispone el Señor o Señora de la casa.

Las alianzas deben respetarse. Romper un compromiso puede llevar a guerra o desheredamiento.

9. Leyes de Sucesión

Heredero/a:

- El primero en la línea de sucesión es el primogénito varón, independientemente de que hayan nacido antes hijas.

- Los hijos varones del primogénito varón serán los siguientes en sucesión de morir él antes de heredar.

- Una hija puede heredar si no hay hijos varones o si estos no tienen descendencia.

Bastardía:

Los hijos bastardos no tienen derecho a heredar, aunque un rey puede legitimarlos y otorgarles títulos y tierras.

Muerte sin heredero:

- La sangre siempre prevalece en la herencia.

- En el caso de fallecer teniendo hijos, pero no varones, hereda la hija mayor.

- De no haber hijos la sucesión pasa al familiar varón más directo (hermanos, sobrinos, primos…)

- De no haber familiares varones, pasaría a la familiar mujer (con línea de sangre, no por matrimonio) más directa (hermana, sobrina, prima…)

- En el caso de no haber ningún heredero las tierras pasan al reino y el rey podría otorgarles a otra casa o a un nuevo Lord recientemente nombrado.

Costumbres y Variaciones:

Aunque la primogenitura masculina es la norma, existen variaciones y costumbres locales. Por ejemplo, en Dorne, las mujeres tienen un papel más importante en la sucesión.

Las leyes generales del reino, pueden diferir según la casa, pero en el caso de no establecer ninguna variación se ejercerán las generales del reino.

En el caso de que alguien que no porte la sangre familiar reclame la herencia deberá ser aprobado por el rey.